El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un reclamo por infracción a las no…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023
Resumen
El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un reclamo por infracción a las normas de transparencia activa presentado contra el Servicio Nacional de Migraciones. La parte reclamante no cuestionaba la falta de publicación de información obligatoria, sino la demora en un trámite migratorio y pedía su revisión. Por ello, el Consejo concluyó que no existía infracción a los artículos 7º de la Ley de Transparencia y 51 de su Reglamento, y que el reclamo carecía de un elemento habilitante para ser admitido. La resolución indica que contra ella procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, en el plazo de quince días corridos, y que no procede el recurso de reposición.
Normas citadas
Ley de Transparencia
Reglamento de la Ley de Transparencia
reclamoDecisión de inadmisibilidadOtros
Preguntas frecuentes
¿Contra una resolución del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un reclamo procede el recurso de reposición?
En este caso, la resolución indica que no procede el recurso de reposición. Contra ella procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, dentro del plazo de quince días corridos.
¿Cuál es el plazo para presentar un reclamo de ilegalidad contra una resolución del Consejo para la Transparencia?
En este caso, la resolución señala que el reclamo de ilegalidad debe presentarse ante la Corte de Apelaciones correspondiente dentro del plazo de quince días corridos. Esta resolución no indica otros plazos ni normas adicionales.
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