Resumen
La Contraloría General de la República desestimó un recurso de reconsideración interpuesto por una profesional de la educación de la Municipalidad de Hualpén, que pretendía que su renuncia voluntaria al incentivo al retiro regulado por la ley N° 20.822 impidiera el cese de funciones por declaración de salud irrecuperable. El organismo concluyó que la renuncia no se perfeccionó, pues el empleador aún no había puesto a disposición el total de la prestación, por lo que la relación laboral siguió vigente y pudo terminar por la causal de la letra h) del artículo 72 del Estatuto Docente. Asimismo, precisó que la indemnización por años de servicio del artículo 2° transitorio de dicho Estatuto corresponde en estos casos de salud irrecuperable, pero es incompatible con la bonificación por retiro voluntario, conforme al artículo 3° de la ley N° 20.822. Al no aportar antecedentes sustanciales nuevos, se ratificó el oficio N° 18.291, de 2016, de la Contraloría Regional del Bío-Bío.