Resumen del criterio jurisprudencial
El recurrente, Isidro Antonio Guerrero Narváez, interpuso un recurso de protección contra el Servicio Nacional de Migraciones y otro, impugnando la decisión de rechazar su solicitud de regularización migratoria. La autoridad administrativa denegó el permiso basándose en el artículo 155 N°9 de la Ley N°21.325, argumentando que no se acompañaron antecedentes suficientes para configurar un caso humanitario o calificado. La Corte Suprema confirmó la sentencia apelada, señalando que el acto administrativo se adoptó conforme a las atribuciones legales y contenía los fundamentos de hecho y de derecho necesarios. El tribunal consideró que no se vulneró el deber de motivación de los actos administrativos ni se hizo un uso arbitrario de las facultades discrecionales. En consecuencia, la acción de protección fue rechazada, sin perjuicio de otras acciones que pudieran corresponder al recurrente.