Resumen del criterio jurisprudencial
El recurrente, de apellido Gómez, interpuso un recurso de protección contra el Servicio Nacional de Migraciones y otro, impugnando la decisión administrativa que rechazó su solicitud de regularización migratoria. La autoridad fundamentó el rechazo en el artículo 155 N°9 de la Ley N°21.325, señalando que no se acreditaron situaciones excepcionales o humanitarias que justificaran un permiso de residencia temporal. La Corte Suprema analizó la normativa aplicable y los fundamentos del acto impugnado, concluyendo que la decisión se adoptó conforme a las atribuciones de la autoridad y con la debida motivación. El tribunal consideró que no hubo infracción al deber de motivación de los actos administrativos ni uso arbitrario de las facultades legales. En consecuencia, confirmó la sentencia apelada que rechazó el recurso, sin perjuicio de otras acciones que pudieran corresponder al recurrente.