Resumen del criterio jurisprudencial
El recurrente solicitó la regularización de su situación migratoria después de ingresar a Chile, pero la Subsecretaría del Interior rechazó la solicitud invocando el artículo 155 N°9 de la Ley 21.325. El recurrente impugnó el acto administrativo alegando que la decisión era ilegal y arbitraria. La Corte Suprema analizó la normativa aplicable, particularmente los números 8 y 9 del artículo 155, que establecen los casos excepcionales y humanitarios para la regularización. Asimismo, verificó que el acto impugnado cumplía con los requisitos de motivación exigidos por los artículos 11 y 41 de la Ley 19.880. La Sala concluyó que el recurrente no se encontraba en ninguna de las situaciones previstas por la norma y que la autoridad actuó dentro de sus atribuciones. En consecuencia, la Corte confirmó la sentencia apelada y rechazó la acción del recurrente.