Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal tributario y aduanero de valparaíso, en procedimiento general de reclamación, resolvió dar lugar al reclamo por no existir diferencias impositivas entre lo declarado y la información aportada por el contribuyente, respecto de las liquidaciones reclamadas por un total de $192.833.125, incluyendo reajustes e intereses. que del análisis del reclamo y contestación de fojas 52, en relación a las diferencias impositivas indicadas en las liquidaciones n°6 a n°8, de fecha 14.06.2021, por un total de $192.833.125, compuestas por renta de primera categoría $143.026.348, impuesto global complementario $46.887.873 y reintegro del artículo 97 de la ley sobre impuesto a renta $2.918.904, se concluye que los actos reclamados fueron desvirtuados. que en razón de que las observaciones que originaron los actos reclamados tenían relación con la justificación de fondos en: a) inversiones en fondos mutuos por $184.523.167, b) gastos o desembolsos por contribuciones por $2.187.599 y c) aportes a fondos mutuos por $390.683.237, y que luego del aporte de documentos por parte del reclamante en esta instancia y de la revisión correspondiente por el servicio de impuestos internos, se aclararan las observaciones, acreditándose la inexistencia de las citadas diferencias de impuestos, y teniendo en cuenta la normativa legal vigente, queda de manifiesto la improcedencia de la pretensión fiscal contenida en los actos reclamados, siendo desvirtuados y procediendo a dejarlos sin efecto. que en mérito de lo señalado y apreciando los antecedentes del proceso, y en especial consideración al allanamiento total del servicio de impuestos internos, referido a todas las liquidaciones impugnadas en el presente proceso, es que se resolvió acoger el reclamo de autos.