Resumen del criterio jurisprudencial
El reclamante plantea que habría acompañado y puesto a disposición del sii una serie de antecedentes y ofrecido otros los que no habrían sido considerados y/o analizados correctamente por el sii. señala que el fiscalizador nunca le habría pedido los documentos originales y que privilegió otros medios para la entrega de antecedentes y que la resolución reclamada omite analizar parte importante de la documentación que envió, pues les resta mérito por el sólo hecho de tratarse de hojas sin folio ni timbre de autorización del sii, obviando el hecho que habría sido enviada en dicho formato por petición expresa del fiscalizador. el sii señala que la contribuyente habría presentado tardíamente antecedentes físicos pues, con anterioridad, sólo los habría presentado en formato digital, que además eran sólo parte de los solicitados. los puntos controvertidos fueron: 1. efectividad que la resolución n° ex. 1214, de 05.05.17, adolece de los vicios que se acusa afectarían su validez. antecedentes aptos para producir fe de los hechos y circunstancias que lo acrediten. 2. efectividad que, con los antecedentes aportados en sede administrativa, durante el proceso de fiscalización respectivo, se encuentra acreditada por la reclamante la pérdida declarada al 31.12.2015 y la procedencia de la devolución invocada y que consecuencialmente, permitirían desvirtuar la resolución n° ex. 1214, de 05.05.17. antecedentes, hechos y circunstancias que lo acrediten. el tribunal resolvió que la ausencia de sustento de los registros impide determinar si una rli declarada es ajustada a la realidad de la contribuyente ni tener por justificados los créditos que se registran, lo cual trae como lógica consecuencia, la imposibilidad de tener por acreditada la pérdida declarada ni los presupuestos para acceder a una petición de devolución de ppua.