Se trata de un recurso de unificación de jurisprudencia presentado por una profesional…
Sentencia · Corte Suprema · 2024
Resumen
Se trata de un recurso de unificación de jurisprudencia presentado por una profesional de la educación contratada a plazo en un establecimiento municipal, quien reclamaba indemnizaciones y prestaciones reguladas en el Código del Trabajo. La Corte de Concepción había rechazado la demanda aplicando las disposiciones del Estatuto Docente. La recurrente cuestionaba si las normas del Código del Trabajo eran supletoriamente aplicables a su relación laboral regida por la Ley N°19.070. La sentencia rechaza el recurso de unificación, confirmando que los profesionales de la educación contratados a plazo en establecimientos municipales se rigen íntegra y exclusivamente por el Estatuto Docente, el cual no contempla indemnización por vencimiento de plazo. El tribunal estima que no concurren los requisitos legales para proceder a la unificación de jurisprudencia solicitada.
Normas citadas
Ley N°19.070 (Estatuto Docente)
Ley N°19.070, artículo 71
Ley N°19.070, artículo 72, letra d)
Ley N°19.070, artículo 25
Reglamento de la Ley N°19.070, artículo 62
Código del Trabajo
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