Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal tributario y aduanero de valparaíso, en procedimiento general de reclamación, resolvió acoger en parte el reclamo interpuesto por la contribuyente en contra de la actuación de autos, en el cual alegaba la extemporaneidad de la actuación fiscalizadora del sii, ello fue desechado, toda vez que la reclamante no aporto todos los antecedentes solicitados por el sii en los requerimientos remitidos a través de las notificaciones de autos, con ello y frente a dicho incumplimiento se le hizo aplicable los plazos de prescripción del artículo 200 del código tributario y no así el plazo de 6 meses que se encuentra regulados en el número 1 del artículo único de la ley 18.320. que, en cuanto a las demás alegaciones de la reclamante fundadas en el cumplimiento de los requisitos de los créditos, costos y gastos impugnados, es que con la prueba ofrecida por la reclamante, solo se pudo verificar la procedencia de los gastos por servicios de instalación y los gastos por asesoría. se presentó recurso de apelación ante la ilustrísima corte de apelaciones de valparaíso en contra de la sentencia de autos, por ambas partes, las cuales fueron posteriormente desistidas.