Resumen
La Contraloría General de la República resolvió un recurso presentado por un prestador de servicios contratado a honorarios, cuyo contrato fue puesto término anticipadamente por el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, Dirección Regional de Valparaíso. El órgano concluyó que el servicio estaba facultado para ello, pues el contrato contemplaba esa posibilidad con aviso escrito de a lo menos una semana, requisito que se cumplió. Respecto de la supuesta falsedad de los hechos invocados para el incumplimiento, la Contraloría declaró que es un asunto de interpretación y cumplimiento contractual, sobre el cual no puede pronunciarse por tratarse de materia litigiosa. En cuanto a las denuncias de maltrato psicológico, ataques a la honra y hostigamiento, indicó que deben analizarse en sede judicial o mediante un sumario administrativo, correspondiendo al Jefe Superior del Servicio ordenar los procesos que procedan. En consecuencia, desestimó las alegaciones del recurrente.