Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal tributario y aduanero resolvió ha lugar al reclamo general aduanero que impugnó un cargo emitido por la administración de la aduana de los andes, en el que se indicaba que no procede la aplicación del acuerdo chile mercosur, ace 35, en el caso de las mercancías usadas. el tribunal a quo rechazó previamente la alegación de la reclamada respecto a la extemporaneidad del reclamo interpuesto, por su manifiesta improcedencia conforme las pretensiones señaladas a fojas 1 y lo resuelto a fojas 50; para posteriormente concluir que no se ha dado correcta aplicación de los supuestos legales en la actuación reclamada, puesto que consta en el proceso que ésta ha sido formulada faltando un requisito de validez del acto administrativo que trae aparejada su ilegalidad y correspondiente sanción de ineficacia, acogiéndose por esos motivos el reclamo de autos. la ilustrísima corte de apelaciones de valparaíso, en sentencia de fecha 19.03.2015, rol tributario y aduanero n° trb-, confirmó el fallo de primera instancia. la excelentísima corte suprema, en sentencia de fecha 27.07.2016,, rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto por la parte reclamada.