PenalAcoge

El Ministerio Público acusó al imputado como autor del delito de robo con intimidación.

Resumen del criterio jurisprudencial

El Ministerio Público acusó al imputado como autor del delito de robo con intimidación. La Defensa alegó la necesidad de no ponderar la prueba presentada, por provenir principalmente de una detención que fuera declarada ilegal por el Juez de Garantía por no haberse cumplido los presupuestos de la flagrancia al haber sido efectuado mucho después de ocurrido el ilícito. Solicitó, además, se recalificara a robo por sorpresa al no haber existido la intimidación o violencia suficiente que el delito de robo con intimidación requiere. El Tribunal consideró que la violencia fue suficientemente acreditada con los dichos de los testigos presenciales, y especialmente de la víctima, quien se decidió a entregar la especie una vez que sufrió el corte en su frente, cumpliéndose de dicho modo con los presupuestos del artículo 433 del Código Penal. En cuanto a las pruebas aportadas, el Tribunal expuso que el centro de la controversia planteada por la Defensa se encontraba en el hecho de valorar o no, por parte de los jueces del fondo, pruebas que hayan podido ser obtenidas con evidente infracción a derechos fundamentales. En la causa del caso, los jueces estimaron que los requisitos del artículo 130 del Código Procesal Penal sí se habían cumplido, desde el momento en que se logró acreditar que la detención del acusado se produjo sólo minutos después de ocurrido el ilícito, siendo la prueba contraria el resultado de un error de transcripción del funcionario a cargo, como también se demostró. Siendo así, el Tribunal pudo apreciar conforme a todas ellas que el ilícito se había cometido por quien fuera acusado, quien pudo ser detenido sólo minutos después de haber delinquido.

Boletín del Ministerio PúblicoFALLOS

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.