Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
Administrativo

La Contraloría General de la República tomó conocimiento de una presentación en que una…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

Resumen

La Contraloría General de la República tomó conocimiento de una presentación en que una prestadora de servicios solicitaba considerar su 'carta de autodespido indirecto' ante el Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región Metropolitana, y denunciaba el impago de sus cotizaciones previsionales. El organismo agregó el documento a una consulta en tramitación y advirtió que, según los antecedentes, la requirente prestaba servicios mediante un convenio a honorarios y no mediante contrato de trabajo, por lo que resultaba improcedente la figura de cese invocada. Citando el artículo 11 de la ley N° 18.834, precisó que quienes laboran a honorarios no tienen la calidad de funcionarios y se rigen por el convenio respectivo. Asimismo, señaló que no tienen derecho a imposiciones por sus emolumentos, sin perjuicio de la obligación de cotizar que la ley N° 20.255 impone a los trabajadores independientes.

Normas citadas

  • ley 18834 art/11 inc/3
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede un prestador de servicios a honorarios invocar el autodespido indirecto en el sector público?

En este caso, la Contraloría General de la República sostuvo que no, porque la requirente prestaba servicios mediante convenio a honorarios y no por contrato de trabajo, por lo que la figura de cese invocada resultaba improcedente.

¿Tienen derecho a imposiciones las personas contratadas a honorarios en la administración pública?

Según este dictamen, quienes laboran a honorarios no son funcionarios y se rigen por su convenio, y no tienen derecho a imposiciones por sus emolumentos, sin perjuicio de la obligación de cotizar que la ley N° 20.255 impone a los trabajadores independientes.

¿Qué ley regula la calidad de funcionario y el régimen de quienes trabajan a honorarios en la administración del Estado?

La Contraloría General de la República, citando el artículo 11 de la ley N° 18.834, precisó que quienes laboran a honorarios no tienen la calidad de funcionarios y se rigen por el convenio respectivo.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2015 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • La Contraloría General de la República rechazó el reclamo de una servidora contratada a…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2013

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre la denuncia de un exservidor…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

  • La Contraloría General de la República se abstuvo de pronunciarse sobre la consulta de…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre el reclamo de una persona con…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2010

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre los beneficios que pueden inc…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.