Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la denuncia de un exservidor a honorarios de la Universidad de Chile, quien alegaba que la autoridad le impidió indicar los motivos de su renuncia y pedía que se determinara si su vínculo era un contrato de trabajo. El organismo concluyó que quienes prestan servicios a la Administración mediante contrato a honorarios no son funcionarios y se rigen por el propio contrato, el que no exige expresar las razones de la renuncia, por lo que no advirtió irregularidad. Asimismo, indicó que cumplir horario y estar bajo supervisión de una jefatura no transforma el vínculo en contrato de trabajo, sino que corresponde a la contratación de servicios regulada por el artículo 11 del Estatuto Administrativo. Por último, resolvió no investigar los hechos denunciados, pues la fiscalización se ejerce conforme a planes y programas de prioridades y los antecedentes no lo ameritaban.