Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre si un funcionario que sirvió como Director Nacional suplente y, luego, como subrogante de un servicio público, tenía derecho al incremento por desempeño colectivo de la asignación de modernización regulada por la ley N° 19.553. El órgano concluyó que el artículo 7°, letra c), de dicha ley excluye expresamente a los jefes superiores de servicio, por lo que durante el período como suplente no correspondía el estipendio. Respecto del período como subrogante, aplicó el artículo 82 del Estatuto Administrativo y su jurisprudencia previa (dictámenes N°s 64.131, de 2009, y 42.764, de 2010), según la cual el subrogante solo percibe la diferencia entre el sueldo del cargo subrogado y el de su empleo, sin las demás asignaciones del cargo subrogado. Por ello, concluyó que en ese lapso solo debió percibir el incremento por desempeño colectivo en relación con el cargo del que era titular.