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El Consejo para la Transparencia acogió un reclamo por infracción a las normas de trans…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un reclamo por infracción a las normas de transparencia activa (artículo 7 de la Ley 20.285) presentado contra la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Coquimbo, por fallas de visualización y usabilidad en el registro histórico del ítem de actos y resoluciones con efectos sobre terceros. El Consejo ordenó al órgano mantener disponible y accesible dicha información histórica en su sitio web, conforme a la Ley de Transparencia, su Reglamento y la Instrucción General N° 11, dentro de un plazo de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento del artículo 47 de la ley. Además, le exigió acreditar el cumplimiento ante el Consejo, y encomendó a su Dirección de Fiscalización un seguimiento especial. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, no así recurso de reposición.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
reclamoDecisión de FondoSalud

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si un órgano público no mantiene disponible en su sitio web el registro histórico de actos y resoluciones con efectos sobre terceros?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió un reclamo contra la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Coquimbo por fallas de visualización y usabilidad en ese registro. Ordenó mantenerlo disponible y accesible dentro de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento del artículo 47 de la Ley.

¿Cómo se acredita ante el Consejo para la Transparencia el cumplimiento de una orden de transparencia activa?

En este caso, el Consejo exigió al órgano acreditar ante él que cumplió lo ordenado y encargó a su Dirección de Fiscalización un seguimiento especial del caso. El resumen no detalla el procedimiento formal de acreditación.

¿Contra una decisión del Consejo para la Transparencia en materia de transparencia activa procede recurso de reposición?

En este caso, el Consejo sostuvo que contra su decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, pero no recurso de reposición.

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