Resumen del criterio jurisprudencial
El abogado Gustavo Manríquez Lobos, en representación de Ricardo Marín Acuña, interpuso recurso de casación contra la sentencia de segunda instancia que confirmó la negativa del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a inscribir individualmente tres derechos de aprovechamiento de aguas pertenecientes a la Comunidad de Aguas del Canal La Esperanza Alto. El recurrente alegó vulneración del artículo 114 numeral 8 del Código de Aguas, así como de varios artículos transitorios y del Código Civil, al considerar que la normativa obliga al Conservador a efectuar la inscripción. La Corte Suprema analizó los preceptos citados y la jurisprudencia de primera y segunda instancia, concluyendo que la interpretación del Conservador era correcta y que no existía infracción sustancial. En virtud de los artículos 764, 765, 767, 783 y 784 del Código de Procedimiento Civil, la Corte rechazó el recurso de casación. La sentencia de fecha 9 de mayo de 2014, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, quedó confirmada y el recurso quedó desestimado.