El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Subsecretaría de…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022
Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Subsecretaría de Salud Pública, por la negativa de este organismo a entregar información estadística sobre sus funcionarios y los de la Subsecretaría de Redes Asistenciales. Se pedía el número de funcionarios, desagregado por estamentos, con contagio de COVID-19 (PCR positivo o sospecha) y con esquema de vacunación al día, en el período indicado. El Consejo ordenó la entrega, por tratarse de información que puede desprenderse de los registros o bases de datos que el organismo mantiene en su poder, sin que su entrega imponga un gravamen al órgano requerido. Se fundó en el criterio de decisiones anteriores y en los principios de máxima divulgación y de facilitación de la Ley de Transparencia. La C.G.F.G. se abstuvo de intervenir y votar por una causal de imparcialidad. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, en 15 días corridos desde la notificación.
Normas citadas
Ley N° 20.285
Código del trabajo
Ley N° 19.880
Ley N° 18.575
Ley N° 19.628
Oficio N° 211
Artículo 10° de la Ley N° 20.285
Artículo 59 de la Ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo
Preguntas frecuentes
¿Un organismo público está obligado a entregar datos estadísticos sobre sus funcionarios si ya los tiene en sus registros?
En este caso, el Consejo para la Transparencia ordenó entregar la información estadística solicitada, porque podía desprenderse de los registros o bases de datos que el organismo ya mantenía. Además, indicó que entregarla no le imponía un gravamen al órgano requerido.
¿Qué pasa si una Subsecretaría se niega a entregar información sobre funcionarios por ser datos de salud?
En este caso, el Consejo acogió el amparo contra la negativa de la Subsecretaría de Salud Pública y ordenó la entrega. Se fundó en decisiones anteriores y en los principios de máxima divulgación y facilitación de la Ley de Transparencia.
¿Cuál es el plazo para reclamar una decisión del Consejo para la Transparencia que acoge un amparo?
Según esta resolución, contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde la notificación.
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