El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo de acceso a la informaci…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024
Resumen
El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo de acceso a la información pública presentado contra la Municipalidad de Calle Larga. El reclamante pedía que se regulara el ruido generado por actividades en un gimnasio municipal. El Consejo concluyó que el reclamo corresponde al derecho de petición y no al derecho de acceso a la información pública, por lo que no es procedente la vía del amparo previsto en la Ley de Transparencia. La resolución indica que el reclamante puede, en el futuro, presentar una solicitud de acceso a la información identificando con precisión el documento o antecedente requerido, o interponer un nuevo amparo si se cumplen los plazos del artículo 24. Contra la decisión procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde su notificación, y no el recurso de reposición.
Normas citadas
Ley de Transparencia
Reglamento de la Ley de Transparencia
amparoDecisión de inadmisibilidadOtros
Preguntas frecuentes
¿Procede el amparo de acceso a la información pública para pedir que la municipalidad regule el ruido de un gimnasio municipal?
En este caso, el Consejo para la Transparencia declaró inadmisible el amparo porque el reclamo corresponde al derecho de petición y no al derecho de acceso a la información pública. Por eso no es procedente la vía del amparo de la Ley de Transparencia.
¿Qué puede hacer una persona si el Consejo para la Transparencia declara inadmisible su amparo?
El Consejo indicó que el reclamante puede presentar en el futuro una solicitud de acceso a la información que identifique con precisión el documento requerido, o un nuevo amparo si cumple los plazos del artículo 24. Contra esta decisión procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde la notificación.
¿Contra una resolución del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un amparo procede el recurso de reposición?
En este caso, el Consejo establece que contra su decisión no procede el recurso de reposición. La vía que corresponde es el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde su notificación.
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