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La Contraloría General de la República se pronunció sobre un reclamo de una funcionaria…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre un reclamo de una funcionaria de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, que cuestionaba la modalidad fijada por la autoridad para compensar el tiempo dedicado a docencia durante la jornada laboral. El organismo recordó que el artículo 8° de la ley N° 19.863 permite a los funcionarios realizar hasta doce horas semanales de actividades docentes, con la obligación de compensar las horas no trabajadas, y que corresponde a la autoridad administrativa fijar esa modalidad, cuidando que no afecte el buen servicio. Por ello, desestimó el reclamo, al estimar que la resolución que regulaba la compensación fue dictada por autoridad competente. Respecto de un descuento por atrasos en la remuneración, la Contraloría consideró superada la situación, pues se trató de un error interno que ya fue subsanado con el pago correspondiente.

Normas citadas

  • ley 19863 art/8
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede un funcionario público realizar actividades docentes durante la jornada laboral en Chile y cómo debe compensar ese tiempo?

En este caso, la Contraloría General de la República recordó que el artículo 8° de la ley N° 19.863 permite hasta doce horas semanales de actividades docentes, con la obligación de compensar las horas no trabajadas. Corresponde a la autoridad administrativa fijar la modalidad de compensación, cuidando que no afecte el buen servicio.

¿Quién tiene la facultad para fijar la modalidad de compensación de las horas destinadas a docencia de funcionarios públicos?

En este caso, la Contraloría sostuvo que esa facultad corresponde a la autoridad administrativa. Desestimó el reclamo de una funcionaria porque la resolución que regulaba la compensación fue dictada por autoridad competente.

¿Qué ocurre si un funcionario reclama contra un descuento por atrasos en su remuneración que luego fue corregido por la administración?

En este caso, la Contraloría consideró superada la situación, porque el descuento fue un error interno que ya había sido subsanado mediante el pago correspondiente. Por ello, no hubo pronunciamiento de fondo sobre ese punto.

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