Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
Administrativo

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la reclamación de una funcion…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la reclamación de una funcionaria de Gendarmería de Chile, a quien se le descontaron remuneraciones por no haber recuperado, en la forma establecida por el servicio, el tiempo utilizado en labores de docencia durante el primer semestre de 2013. El organismo informó que, tras una nueva revisión, advirtió que la funcionaria habría devuelto el tiempo, aunque en un horario distinto al fijado. La Contraloría señaló que, conforme a los artículos 87 letra a) de la ley N° 18.834 y 8° de la ley N° 19.863, la recuperación del tiempo es obligatoria, pero si se acredita que efectivamente se realizó, aunque de forma distinta a la instruida, no procede el descuento, pues ello implicaría un enriquecimiento sin causa para la Administración. En consecuencia, ordenó a Gendarmería acreditar la compensación y, de ser efectiva, restituir las rentas descontadas, advirtiendo a la funcionaria que en lo sucesivo debe cumplir las instrucciones del servicio.

Normas citadas

  • ley 18834 art/87 lt/a
  • ley 19863 art/8
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Procede descontar remuneraciones a un funcionario público si recuperó el tiempo ausente, pero en un horario distinto al fijado por el servicio?

En este caso, la Contraloría General de la República sostuvo que no procede el descuento si se acredita que el tiempo fue efectivamente recuperado, aunque de forma distinta a la instruida, porque el descuento implicaría un enriquecimiento sin causa para la Administración. Ordenó restituir las rentas descontadas si la compensación se acredita.

¿Es obligatoria la recuperación de horas no trabajadas por un funcionario de Gendarmería de Chile según la ley 18.834?

En este caso, la Contraloría señaló que, conforme al artículo 87 letra a) de la ley N° 18.834 y al artículo 8° de la ley N° 19.863, la recuperación del tiempo es obligatoria. Sin embargo, advirtió que la funcionaria debe cumplir en lo sucesivo las instrucciones del servicio.

¿Qué debe hacer un servicio público para descontar remuneraciones por tiempo no recuperado por un funcionario?

En este caso, la Contraloría ordenó a Gendarmería acreditar la compensación del tiempo y, de ser efectiva, restituir las rentas descontadas. El organismo concluyó que no corresponde mantener el descuento cuando el tiempo fue efectivamente recuperado.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2014 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un funcionari…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre un reclamo de una funcionaria…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre un reclamo de una funcionaria…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2013

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre un reclamo de una pensionada…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre la petición de una exfunciona…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.