La Contraloría General de la República acogió parcialmente la reclamación de una exfunc…
Dictamen · Contraloría General de la República · 2015
Resumen
La Contraloría General de la República acogió parcialmente la reclamación de una exfuncionaria de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, determinando que dicho organismo debe pagarle la suma adeudada por concepto de descanso compensatorio pendiente al momento de su cese. Se estableció que la recurrente mantenía 126 horas extraordinarias diurnas y 64 nocturnas sin compensar, y que el cálculo efectuado por el servicio para retribuirlas no se ajustó a derecho, pues no aplicó correctamente los recargos legales del veinticinco y cincuenta por ciento contemplados en los artículos 68 y 69 de la ley N° 18.834, adeudándose $120.806. Conforme a la jurisprudencia administrativa, si el descanso no se otorgó antes del cese por decisión del empleador, debe retribuirse pecuniariamente para evitar el enriquecimiento sin causa de la Administración.
Normas citadas
ley 18834 art/66
ley 18834 art/68
ley 18834 art/69
ContraloríaCGRdictamen
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa con las horas extraordinarias no compensadas si el funcionario público deja el servicio antes de tomar el descanso compensatorio?
En este caso, la Contraloría General de la República sostuvo que, si el descanso no se otorgó antes del cese por decisión del empleador, debe pagarse en dinero para evitar el enriquecimiento sin causa de la Administración. Acogió parcialmente la reclamación de una exfuncionaria de una Secretaría Regional Ministerial de Salud y ordenó pagarle lo adeudado.
¿Cómo se calculan los recargos legales de las horas extraordinarias en la Ley 18.834 al pagar un descanso compensatorio pendiente?
En este caso, el organismo no aplicó correctamente los recargos legales del veinticinco y cincuenta por ciento de los artículos 68 y 69 de la Ley 18.834, por lo que el cálculo no se ajustó a derecho. La Contraloría determinó que debía recalcularse la retribución de las horas diurnas y nocturnas sin compensar.
¿La Contraloría puede ordenar el pago de descansos compensatorios pendientes a una exfuncionaria de la Administración del Estado?
Sí. En este caso, la Contraloría acogió parcialmente la reclamación de una exfuncionaria y determinó que el servicio debe pagarle la suma adeudada por descanso compensatorio pendiente al momento de su cese. Se estableció un monto adeudado tras corregir el cálculo de los recargos.
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