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La Contraloría General de la República se pronunció sobre una consulta de una ex funcio…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre una consulta de una ex funcionaria municipal que pedía acceso al bono de la ley N° 20.305, luego de cesar en sus funciones al obtener una pensión de invalidez a los 55 años. El dictamen concluyó que la recurrente no tiene derecho al beneficio, porque el artículo quinto transitorio de la ley solo contempla como causales de desvinculación la renuncia voluntaria, la pensión de vejez, la supresión del empleo y la aplicación del artículo 161 del Código del Trabajo, y la jubilación por invalidez no está entre ellas. Además, la tasa de reemplazo líquida calculada por la Superintendencia de Pensiones alcanzó un 67,34%, superior al 55% máximo que fija la ley, lo que también impide el acceso al bono, sin que corresponda a la Contraloría revisar ese cálculo. El organismo transcribió el pronunciamiento a la Contraloría Regional de Antofagasta.

Normas citadas

  • ley 20305 art/1 inc/1
  • CTR art/161
  • ley 20305 art/quinto tran inc/1 lt/a
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Tiene derecho al bono de la ley 20.305 una funcionaria municipal que cesó en sus funciones al obtener una pensión de invalidez?

En este caso, la Contraloría General de la República concluyó que no, porque el artículo quinto transitorio de la ley solo contempla como causales de desvinculación la renuncia voluntaria, la pensión de vejez, la supresión del empleo y la aplicación del artículo 161 del Código del Trabajo, y la jubilación por invalidez no está entre ellas.

¿Cuál es el efecto de que la tasa de reemplazo supere el 55% para acceder al bono de la ley 20.305?

En este caso, el organismo sostuvo que una tasa de reemplazo líquida de 67,34%, calculada por la Superintendencia de Pensiones, supera el máximo de 55% que fija la ley y también impide el acceso al bono. Añadió que no corresponde a la Contraloría revisar ese cálculo.

¿Puede la Contraloría revisar el cálculo de la tasa de reemplazo que hace la Superintendencia de Pensiones?

En este caso, la Contraloría sostuvo que no le corresponde revisar el cálculo de la tasa de reemplazo efectuado por la Superintendencia de Pensiones. Se limitó a considerar ese resultado para concluir que la recurrente no cumple el requisito del beneficio.

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