ConstitucionalRechaza

Se interpone acción constitucional de protección en contra de una Isapre y la Superinte…

Sentencia · Corte Suprema · 2026

Resumen

Se interpone acción constitucional de protección en contra de una Isapre y la Superintendencia de Salud por el alza del precio de la prima GES. El recurrente estima que el aumento es desproporcionado e injustificado, vulnerando sus garantías constitucionales de salud y propiedad (artículo 19 N° 9 y 24). La Corte Suprema analiza el procedimiento establecido en el artículo 206 del D.F.L. N° 1 de 2005, el cual obliga a las Isapres a asegurar las Garantías Explícitas en Salud y fijar el precio bajo supervisión de la Superintendencia. Mediante Resolución Exenta N°1.541, la Superintendencia determinó la prima GES para cada Isapre tras un proceso objetivo. La Corte considera que el contrato de salud es un contrato por adhesión parcialmente dirigido por la autoridad, por lo que el precio comunicado es resultado de un proceso previo y fiscalizado. Al no advertirse ilegalidad ni arbitrariedad, se confirma la sentencia apelada que rechazó la acción de protección, sin costas.

Normas citadas

  • Artículo 206 del D.F.L. N° 1 de 2005 del Ministerio de Salud
  • Artículo 206 bis del D.F.L. N° 1 de 2005 (incorporado por Ley N°21.674)
  • Artículo 19, numerales 9 y 24 de la Constitución Política de la República
  • Artículo 20 de la Constitución Política de la República
  • Auto Acordado de la Corte Suprema sobre recurso de protección
(CIVIL) APELACIÓN PROTECCIÓNTERCERA, CONSTITUCIONAL

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