Resumen
La Contraloría General de la República representó la resolución N° 395, de 2015, dictada por el Hospital de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, que sancionaba con el término del contrato de trabajo a un empleado de ese centro de salud. El organismo concluyó que el director del hospital no tiene la atribución de poner término por medio disciplinario a la relación laboral, pues dicha facultad no está expresamente delegada en la resolución N° 179, de 2011, de la Dirección de Previsión de Carabineros. Por ello, se negó a dar curso al acto, conforme a lo ya indicado en el dictamen N° 52.539, de 2011.