Resumen
El tribunal tributario y aduanero de la región de la araucanía resolvió no ha lugar al reclamo presentado por el abogado don esteban mora retamal, en representación de librería giorgio temuco y cía. limitada, en contra de la liquidación n°23, emitida por la ix dirección regional del servicio de impuestos internos con fecha 17 de enero de 2017, mediante la cual se ordena el reintegro de devolución indebida por la suma de $8.143.173, originada en el rechazo de diversas partidas de gastos los cuales forman parte del resultado de pérdida en la determinación de la renta líquida imponible de la sociedad reclamante para el año tributario 2015. el tribunal estimó al efecto que la reclamante no acreditó la necesidad de los gastos rechazados por el servicio de impuestos internos, que dicen relación con gastos generales, arrendamiento de muebles, gastos de venta, gastos por merma de mercadería y gastos en asesorías, considerando lo dispuesto en el artículo 31 de la ley de impuesto a la renta. indica la sentencia que la reclamante parte no acompañó nuevos antecedentes en orden a demostrar fehacientemente la procedencia y necesidad de los gastos deducidos de la renta líquida imponible correspondiente al año tributario 2015, limitándose solo acreditar la existencia de ellos, cuestión que no se encontraba discutida.