Resumen
El Tribunal Constitucional resolvió un requerimiento de inconstitucionalidad contra normas que excluyen la aplicación de penas sustitutivas de la Ley N° 18.216. Se impugnó el artículo 1°, inciso segundo, de dicha ley, y el artículo 17 B, inciso segundo, de la Ley N° 17.798 sobre control de armas. El Tribunal acogió parcialmente el requerimiento respecto del artículo 1°, inciso segundo, por considerar que su aplicación al caso concreto vulnera el principio de proporcionalidad de las penas y el derecho a un procedimiento racional y justo (artículo 19, N°s 2° y 3°, de la Constitución). Sin embargo, rechazó la impugnación del artículo 17 B, inciso segundo, de la Ley de control de armas, por estimar que no afecta las facultades del juez para individualizar la pena y que el legislador puede establecer un tratamiento diferenciado, dado el mandato constitucional de control de armas. Así, la exclusión de penas sustitutivas en este último caso fue considerada constitucional.