Resumen
El recurso de casación interpuesto por Diez contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Talca, que había rechazado la solicitud de regularización de derechos de aprovechamiento de aguas en Curicó, fue examinado por la Corte Suprema. La parte recurrente alegó vulneraciones de varios artículos del Código de Aguas, del Código Civil y de la Constitución, especialmente en relación con la precisión del punto de captación y la exigencia de prueba de bombeo. La Corte Suprema constató que la sentencia impugnada había interpretado de forma errónea los requisitos establecidos en los artículos 140 N°3, 149 N°4 y 131 del Código de Aguas, imponiendo exigencias no previstas por la norma. Asimismo, se determinó que la prueba de bombeo no es un antecedente obligatorio para la regularización de derechos de agua de uso histórico. Por consiguiente, la Corte rechazó el recurso de casación, confirmando la decisión de la Corte de Apelaciones. La resolución fue redactada por la Ministra Á.V. M. y pronunciada por la Tercera Sala de la Corte Suprema.