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Una docente municipal solicitó cambiar sus funciones por orden médica, debido a una les…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2011

Resumen

Una docente municipal solicitó cambiar sus funciones por orden médica, debido a una lesión en las cuerdas vocales, y pidió que se le asignaran labores de apoyo técnico-pedagógico. La Contraloría General de la República resolvió que la municipalidad empleadora no está obligada a autorizar ese cambio, porque las resoluciones de cambio de faenas de las comisiones médicas constituyen solo una recomendación para el empleador, que cumple con haber hecho diligencias para lograrlo. Además, las tareas propuestas no corresponden a la función docente que la profesional desempeña según los decretos municipales aplicables y el Estatuto de los Profesionales de la Educación, por lo que se ajusta a derecho que el municipio no autorizara el cambio. Se agregó que, si problemas de salud impiden el ejercicio del empleo, debe solicitarse al organismo médico competente que determine si la salud es irrecuperable, para evaluar el término de la relación laboral conforme al artículo 72, letra h), de la Ley N° 19.070.

Normas citadas

  • Ley 19070 art/6
  • ley 19070 art/72 lt/h
  • ley 19070 art/8
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Está obligada la municipalidad a acoger el cambio de funciones de una docente cuando una comisión médica lo recomienda por una lesión?

En este caso, la Contraloría resolvió que no, porque la resolución de cambio de faenas de la comisión médica es solo una recomendación para el empleador, que cumple si realiza diligencias para lograrlo. Además, las tareas propuestas no correspondían a la función docente, por lo que el municipio actuó conforme a derecho al no autorizar el cambio.

¿Puede un empleador municipal asignar a un profesional de la educación labores de apoyo técnico-pedagógico distintas de su función docente?

En este caso, la Contraloría sostuvo que no, porque las tareas propuestas no correspondían a la función docente que la profesional desempeña según los decretos municipales aplicables y el Estatuto de los Profesionales de la Educación.

¿Qué debe hacerse si problemas de salud impiden a un docente municipal ejercer su empleo?

En este caso, la Contraloría indicó que debe solicitarse al organismo médico competente que determine si la salud es irrecuperable, para evaluar el término de la relación laboral conforme al artículo 72, letra h), de la Ley N° 19.070.

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