Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la notificación de una resolución que declaró la salud irrecuperable de una exdocente municipal, para efectos del beneficio del artículo 149 de la ley N° 18.883. La Comisión Médica Central había otorgado invalidez parcial transitoria, pero la notificación por carta certificada a la Municipalidad de Santiago no constaba. Sin embargo, la municipalidad emitió posteriormente un decreto que declaró la expiración de funciones por salud irrecuperable, lo que evidenció que tuvo conocimiento del documento. Conforme a la jurisprudencia del organismo y al artículo 47 de la ley N° 19.880, se estimó configurada una notificación tácita a partir del 20 de enero de 2014. En consecuencia, el ente edilicio debe dejar sin efecto el decreto respectivo, pagar a la recurrente sus remuneraciones íntegras por seis meses desde esa fecha y, luego, declarar vacante su empleo, informando a la Contraloría en 15 días hábiles.