El Consejo para la Transparencia conoció un reclamo por presunta infracción a las norma…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024
Resumen
El Consejo para la Transparencia conoció un reclamo por presunta infracción a las normas de transparencia activa, que la Ley de Transparencia y su Reglamento imponen a los órganos de la Administración del Estado, presentado contra el Instituto Nacional de Estadísticas. La reclamante buscaba que se le indicara el criterio por el cual fue descartada de un proceso de selección para el cargo de C.L.C.. El Consejo concluyó que el reclamo carecía de un elemento habilitante, ya que su finalidad no era cuestionar la falta de publicación o de completitud de información obligatoria, sino conocer los fundamentos de una decisión de selección. Por ello, lo declaró inadmisible por ausencia de infracción a los artículos 7º de la Ley y 51 de su Reglamento. Contra esta decisión procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de quince días corridos desde la notificación, y no el recurso de reposición.
Normas citadas
Ley de Transparencia
Reglamento de la Ley de Transparencia
reclamoDecisión de inadmisibilidadOtros
Preguntas frecuentes
¿Qué debe probar quien reclama por infracción a las normas de transparencia activa contra un órgano de la Administración del Estado?
En este caso, el Consejo exigió un elemento habilitante: que el reclamo apuntara a una infracción de publicación o completitud de información obligatoria. Como la reclamante buscaba fundamentos de una selección, el reclamo fue declarado inadmisible.
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