El Consejo para la Transparencia conoció un reclamo por supuesta infracción a las norma…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023
Resumen
El Consejo para la Transparencia conoció un reclamo por supuesta infracción a las normas de transparencia activa contra el Instituto Nacional de Estadísticas. El reclamante se quejaba de problemas al realizar una postulación en línea, pero no cuestionaba la falta de publicación o de completitud de la información que los órganos de la Administración del Estado deben mantener en sus sitios electrónicos conforme al artículo 7º de la Ley de Transparencia y al artículo 51 de su Reglamento. Por ello, el Consejo concluyó que no existía infracción y que el reclamo carecía de un elemento habilitante, declarándolo inadmisible por unanimidad. Se dispuso notificar a las partes y se indicó que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante, en quince días corridos desde la notificación, sin que proceda recurso de reposición.
Normas citadas
Ley de Transparencia
Reglamento de la Ley de Transparencia
reclamoDecisión de inadmisibilidadOtros
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el plazo y la vía para impugnar una resolución del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un reclamo?
En este caso, el Consejo indicó que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante, dentro de quince días corridos desde la notificación. Además, señaló que no procede recurso de reposición contra esta resolución.
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