Seguridad social

Seguridad social: Ley N° 16.744, Comité Paritario de Higiene y Seguridad

Dictamen · Superintendencia de Seguridad Social · 2025

Resumen

Ley N° 16.744. Comité Paritario de Higiene y Seguridad. El objetivo de éste comité es considerar los intereses de empleadores y trabajadores en su desarrollo. La norma permite que todas las personas trabajadoras elegibles participen en este comité. Sin embargo, un elegido puede renunciar por motivos personales. Esto se alinea con la idea el criterio sostenido por la Contraloría General de la República, de que no se debe forzar a un trabajador a participar.

Normas citadas

  • Ley 16.395, artículo 30
  • Ley 16.744
  • Ley 19.345, artículo 6
Ley N° 16.744Comité Paritario de Higiene y Seguridad

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