El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo presentado por un particular contra…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025
Resumen
El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo presentado por un particular contra Carabineros de Chile por la negativa a entregar información. El Consejo acogió parcialmente el reclamo: ordenó a la institución entregar la información sobre el estado de tramitación del procedimiento consultado, por tratarse de información pública que no consta haber sido entregada. Rechazó, en cambio, la entrega de copia del sumario administrativo, por encontrarse en tramitación y por considerar que su publicidad podría afectar su debido desarrollo y el privilegio deliberativo del Servicio, conforme al artículo 21 N° 1, letra b) de la Ley de Transparencia. Además, requirió a Carabineros que informe al reclamante y al Consejo una vez adoptada la resolución, medida o política a la que incide la solicitud, para que pueda volver a ejercer su derecho de acceso. La decisión contempla plazo para acreditar el cumplimiento y procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.
Normas citadas
Ley N° 20.285
Ley N° 19.880
Ley N° 18.575
Ley N° 18.834
Resolución Exenta N° 251
Oficio N° 1
Artículo 137 de la Ley N° 18.834
Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo
Preguntas frecuentes
¿Procede entregar copia de un sumario administrativo mientras aún está en tramitación según la Ley de Transparencia?
En este caso, el Consejo para la Transparencia rechazó la entrega de copia del sumario administrativo porque se encontraba en tramitación y su publicidad podría afectar su debido desarrollo y el privilegio deliberativo del servicio, conforme al artículo 21 N° 1, letra b) de la Ley N° 20.285.
¿Qué debe hacer un organismo público si niega información sobre un procedimiento y el Consejo para la Transparencia acoge el amparo?
En este caso, el Consejo acogió parcialmente el reclamo y ordenó a Carabineros entregar la información sobre el estado de tramitación del procedimiento consultado, por tratarse de información pública que no consta haber sido entregada.
¿Qué puede hacer una persona si no está de acuerdo con una decisión del Consejo para la Transparencia en un amparo de acceso a la información?
En este caso, la decisión contempla un plazo para acreditar su cumplimiento y procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, además de la obligación de Carabineros de informar al reclamante una vez adoptada la resolución a la que incide la solicitud.
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