Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado contra Carabineros de Chile, ordenando la entrega de una copia del expediente sumarial afinado que incluya los datos de identidad de quienes comparecieron en el proceso. Se consideró que, una vez afinado el sumario, el expediente es información pública, y que el requirente, al haber sido inculpado en el procedimiento, tiene un derecho privilegiado a acceder a esos datos para ejercer su defensa, según el artículo 17 de la ley N° 19.880. Sin embargo, se rechazó la solicitud respecto de datos personales de contexto de los comparecientes, por no ser relevantes para la defensa ni para la convicción del sentenciador, debiendo su tratamiento ajustarse a la ley N° 19.628. Además, se ordenó resguardar la identidad del reclamante.