Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
AdministrativoAcoge

El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo presentado contra Carabineros de Ch…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

Resumen

El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo presentado contra Carabineros de Chile por la negativa a entregar información policial de una unidad y fecha determinadas. El Consejo acogió parcialmente el reclamo: tuvo por entregado, aunque de manera extemporánea, el listado de funcionarios activos, que el órgano remitió solo después de vencidos los plazos legales, con ocasión de sus descargos. Rechazó el amparo respecto del registro de detenciones, por concurrir la causal de secreto o reserva del artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia, en relación con la protección de la vida privada y la ley N° 19.628. Respecto de los partes de detención, estimó ajustada la derivación al Ministerio Público conforme al artículo 13, por tratarse de información de una investigación penal. Y rechazó el amparo sobre las actas de declaración de aprehensión por inexistencia, al no haber antecedentes que contradijeran lo informado por el órgano.

Normas citadas

  • Código Procesal Penal
  • Ley N° 19.628
  • Ley N° 20.285
  • Artículo 182 del Código Procesal Penal
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 21.096
  • Oficio N° 296
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Carabineros debe entregar el listado de funcionarios activos de una unidad si lo pide un ciudadano por transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el reclamo sobre el listado de funcionarios activos, pero lo tuvo por entregado de forma extemporánea, porque Carabineros lo remitió solo después de vencidos los plazos legales, con ocasión de sus descargos.

¿Procede negar el acceso a un registro de detenciones por la causal de reserva de vida privada en la Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo rechazó el amparo sobre el registro de detenciones, porque concurría la causal de secreto o reserva del artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia, en relación con la protección de la vida privada y la Ley N° 19.628.

¿Puede un organismo derivar al Ministerio Público una solicitud de partes de detención por tratarse de una investigación penal?

En este caso, el Consejo estimó ajustada la derivación al Ministerio Público conforme al artículo 13 de la Ley de Transparencia, por tratarse de información vinculada a una investigación penal.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2021 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado contra Carabi…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

  • El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo presentado por un particular contra…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025

  • El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo en contra de Carabineros…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020

  • El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado contra Carabi…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo de acceso a la información presentado…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.