Resumen
El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo presentado contra Carabineros de Chile por la negativa a entregar información policial de una unidad y fecha determinadas. El Consejo acogió parcialmente el reclamo: tuvo por entregado, aunque de manera extemporánea, el listado de funcionarios activos, que el órgano remitió solo después de vencidos los plazos legales, con ocasión de sus descargos. Rechazó el amparo respecto del registro de detenciones, por concurrir la causal de secreto o reserva del artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia, en relación con la protección de la vida privada y la ley N° 19.628. Respecto de los partes de detención, estimó ajustada la derivación al Ministerio Público conforme al artículo 13, por tratarse de información de una investigación penal. Y rechazó el amparo sobre las actas de declaración de aprehensión por inexistencia, al no haber antecedentes que contradijeran lo informado por el órgano.