El Consejo para la Transparencia conoció un reclamo por infracción a las normas de tran…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025
Resumen
El Consejo para la Transparencia conoció un reclamo por infracción a las normas de transparencia activa presentado contra el Servicio de Vivienda y Urbanización de Valparaíso. La reclamante no cuestionaba la falta de publicación de información obligatoria en el sitio electrónico del órgano, sino que expresaba molestias por la escasa fiscalización de las entidades que tramitan compras de viviendas con subsidio y denunciaba el extravío de documentación relativa a una compraventa. El Consejo concluyó que el reclamo carecía del elemento habilitante exigido por la Ley de Transparencia, por lo que lo declaró inadmisible por ausencia de infracción a los artículos 7º de la ley y 51 de su reglamento. Contra esta decisión procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de quince días corridos desde la notificación, y no el recurso de reposición.
Normas citadas
Ley de Transparencia
Reglamento de la Ley de Transparencia
reclamoDecisión de inadmisibilidadOtros
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si un reclamo por transparencia activa no señala una infracción concreta a la obligación de publicar información en el sitio del órgano?
En este caso, el Consejo para la Transparencia lo declaró inadmisible porque el reclamo no cuestionaba la falta de publicación de información obligatoria, sino que se refería a la fiscalización de terceros y a documentos extraviados, sin infracción a los artículos 7º de la Ley de Transparencia ni 51 de su reglamento.
¿Contra una resolución del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un reclamo, procede reposición o reclamo de ilegalidad?
En este caso, el Consejo sostuvo que procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de quince días corridos desde la notificación, y no el recurso de reposición.
¿El extravío de documentos relativos a una compraventa de vivienda con subsidio puede reclamarse como infracción de transparencia activa?
En este caso, el Consejo entendió que la denuncia por extravío de documentación no constituía infracción de transparencia activa, por lo que el reclamo carecía del elemento habilitante exigido por la Ley de Transparencia y fue declarado inadmisible.
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