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El Tribunal Constitucional conoció un requerimiento de inaplicabilidad por inconstituci…

Sentencia · Tribunal Constitucional · 2019

Resumen

El Tribunal Constitucional conoció un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad dirigido contra el artículo 493 del Código del Trabajo. La parte requirente cuestionaba la norma en el marco de distintas gestiones judiciales pendientes. El Tribunal declaró inadmisible el requerimiento y ordenó archivarlo, por no cumplir las exigencias del inciso undécimo del artículo 93 de la Constitución y del artículo 84 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional. Fundó la decisión en que el requerimiento abarcaba cinco gestiones judiciales distintas e independientes, lo que impide un pronunciamiento concreto y singular sobre una gestión pendiente. Además, concluyó que la acción carecía de fundamento plausible, al no demostrarse cómo la aplicación del precepto impugnado era decisiva en cada caso. La sentencia fue notificada a la parte requirente.

Normas citadas

  • artículo 493, de Código Penal
  • artículo 19, inciso primero, numeral 2
  • artículo 19, inciso sexto, numeral 3
  • artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 18.216
Tribunal ConstitucionalINApenas sustitutivasley de control de armasPrincipio de proporcionalidad de la PenaIgualdad ante la LeyDeterminación de la penaReinserción social

Preguntas frecuentes

¿Procede un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad que abarca varias gestiones judiciales distintas?

En este caso, el Tribunal Constitucional declaró inadmisible el requerimiento porque abarcaba cinco gestiones judiciales distintas e independientes, lo que impedía un pronunciamiento concreto y singular sobre una gestión pendiente.

¿Qué exige el Tribunal Constitucional para acoger un requerimiento de inaplicabilidad contra el artículo 493 del Código del Trabajo?

En este caso, el Tribunal sostuvo que la parte requirente debía demostrar un fundamento plausible, es decir, cómo la aplicación del precepto impugnado era decisiva en cada gestión judicial. Como no lo hizo, la acción fue desestimada.

¿Cuándo se archiva un requerimiento de inaplicabilidad por no cumplir los requisitos del artículo 93 de la Constitución?

En este caso, el Tribunal ordenó archivar el requerimiento por no cumplir las exigencias del inciso undécimo del artículo 93 de la Constitución y del artículo 84 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, y la sentencia fue notificada a la parte requirente.

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