Resumen
La Contraloría General de la República reconsideró su dictamen N° 2.785, de 2014, a raíz de un reclamo por desequilibrio económico de un contrato de suministro celebrado con el Ejército de Chile. La demora en la entrada en vigencia del contrato, provocada por la tramitación del acto administrativo que lo perfeccionaba, hizo que la cláusula de reajustabilidad se aplicara desfasada y que la contratista debiera vender a un precio inferior al ofertado, en un rubro de productos perecibles y de precios variables. El organismo concluyó que la demora se debió a la Administración, que el proveedor actuó con la diligencia exigida y que no hubo causas que justificaran el retraso. Por ello, remitió los antecedentes a la D.A.A. para evaluar la responsabilidad administrativa de los funcionarios involucrados. Además, declaró que el cálculo de perjuicios corresponde a los tribunales ordinarios de justicia, por lo que no se pronunció sobre un nuevo cálculo del reajuste.