El Consejo para la Transparencia acogió los amparos interpuestos en contra del Servicio…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022
Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió los amparos interpuestos en contra del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, que había negado la entrega de información sobre las cosechas o producciones declaradas por determinados centros de engorda de salmónidos en un período específico. La decisión se fundó en que se trata de información pública que obra en poder del servicio, y en que se desestimó la afectación del secreto empresarial y de los derechos comerciales y económicos alegados por las empresas que se opusieron. Asimismo, el Consejo consideró que existe un evidente interés público en conocer estos antecedentes, por su vinculación con información ambiental, aplicando el criterio sostenido en diversas decisiones previas. El Consejo ordenó la entrega de la información y advirtió sobre las sanciones por incumplimiento previstas en el artículo 46 de la Ley de Transparencia.
Normas citadas
Ley N° 20.285
Ley N° 19.880
Decreto Supremo N° 129
Ley N° 19.300
Decreto Ley 211
Ley N° 18.575
Ley 17.374
Ley N° 18.892
amparoDecisión de Fondo
Preguntas frecuentes
¿Se puede acceder a la producción declarada por centros de engorda de salmónidos si una empresa alega secreto empresarial?
En este caso, el Consejo para la Transparencia desestimó la afectación del secreto empresarial y de los derechos comerciales alegados por las empresas, y ordenó entregar la información sobre las cosechas declaradas por los centros en el período solicitado.
¿Puede un servicio público negar información sobre producciones de la acuicultura argumentando afectación económica de las empresas?
En este caso, el Consejo acogió los amparos contra el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, porque la información obra en poder del servicio, es pública y no se acreditó que su entrega afectara los derechos económicos de las empresas.
¿Prevalece el interés público en conocer información sobre centros de salmónidos por su vinculación con materias ambientales?
En este caso, el Consejo sostuvo que existe un evidente interés público en conocer estos antecedentes por su vinculación con información ambiental, aplicando su criterio en decisiones previas, y advirtió sanciones por incumplimiento según la Ley de Transparencia.
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