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AdministrativoInadmisible

El Consejo para la Transparencia conoció un reclamo por supuesta infracción a las norma…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

Resumen

El Consejo para la Transparencia conoció un reclamo por supuesta infracción a las normas de transparencia activa interpuesto por un particular contra la Municipalidad de Talcahuano. El reclamante cuestionaba una situación ocurrida en la vía pública, pero no denunciaba falta de publicación o de completitud de la información que los órganos de la Administración del Estado deben mantener en sus sitios electrónicos. Por ello, el Consejo concluyó que el reclamo carecía del elemento habilitante exigido por la Ley de Transparencia y lo declaró inadmisible, por ausencia de infracción al artículo 7º de la ley y al artículo 51 de su Reglamento. La resolución precisa que no impide al reclamante acudir directamente al municipio para pedir una solución al problema planteado. Contra esta decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de quince días corridos desde su notificación, y no procede el recurso de reposición.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.880
  • D.S. N° 13
  • D.F.L. N° 1
  • Artículo 59 de la Ley N° 19.880
reclamoDecisión de inadmisibilidad

Preguntas frecuentes

¿Puede el Consejo para la Transparencia conocer un reclamo de transparencia activa por un problema ocurrido en la vía pública?

No necesariamente. En este caso, el Consejo declaró inadmisible un reclamo contra la Municipalidad de Talcahuano porque el reclamante cuestionaba una situación en la vía pública y no denunciaba falta de publicación o de completitud de la información de transparencia activa. Según la resolución, el reclamo carecía del elemento habilitante exigido por la Ley de Transparencia.

¿Qué recursos proceden contra una resolución del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un reclamo de transparencia activa?

En este caso, el Consejo indicó que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de quince días corridos desde la notificación. No procede el recurso de reposición contra esta decisión.

¿Qué puede hacer una persona si el Consejo para la Transparencia declara inadmisible su reclamo por problemas con un municipio?

Según esta resolución, la declaración de inadmisibilidad no impide que el reclamante acuda directamente a la Municipalidad de Talcahuano para pedir una solución al problema planteado. El Consejo precisó que esa vía sigue disponible.

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