Resumen
La Corte de Apelaciones de Arica acogió un recurso de protección interpuesto por una cuidadora acreditada y desempleada contra la Tesorería General de la República, dejando sin efecto el procedimiento de cobro de una deuda de $10.943.681 correspondiente a un Crédito CAE. La recurrente argumentó que la Tesorería aplicó indebidamente el procedimiento ejecutivo del Código Tributario para cobrar un crédito de naturaleza civil/estudiantil, excediendo sus atribuciones legales, y cuestionó la orden de auxilio de fuerza pública, allanamiento y descerrajamiento en su domicilio. La recurrente es cuidadora principal de su hijo menor con discapacidad y pertenece al 40% más vulnerable según el Registro Social de Hogares. Fundó su recurso en la vulneración de garantías constitucionales como el debido proceso, la igualdad ante la ley, el derecho de propiedad sobre bienes inembargables y la protección de la vida e integridad psíquica, citando leyes como la Ley N°20.422 sobre discapacidad y la Ley N°21.380 sobre cuidadores. La Tesorería informó que la deuda surgió del pago de una garantía estatal, transformándose en un crédito fiscal cobrable mediante el procedimiento del Código Tributario conforme a dictámenes de la Contraloría. La Corte consideró que el procedimiento aplicado era altamente restrictivo para el ejercicio de derechos procesales de la recurrente y que la naturaleza jurídica del crédito no podía mutar por el solo hecho de ser incluido en un formulario, sin existir facultad legal para ello. Como resultado, se dejó sin efecto el procedimiento de cobro y la orden de no innovar previamente decretada.