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AdministrativoInadmisible

El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información interpues…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

Resumen

El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información interpuesto en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Al analizar la admisibilidad, advirtió que no era posible tramitar el caso porque la reclamante había solicitado la reserva de su identidad, lo que impedía darle curso al procedimiento. Conforme al artículo 46 del Reglamento de la Ley de Transparencia, el Consejo ejerció la facultad de ordenar subsanar la omisión, sin que la parte interesada efectuara presentación alguna. En consecuencia, declaró inadmisible el amparo, de acuerdo con los artículos 24 de la Ley de Transparencia y 46 de su Reglamento, por acuerdo unánime de sus miembros presentes.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.880
  • D.S. N° 13
  • D.F.L. N° 1
  • Artículo 59 de la Ley N° 19.880
amparoDecisión de inadmisibilidad

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si una persona pide amparo de acceso a la información al Consejo para la Transparencia y solicita reserva de su identidad?

En este caso, el Consejo declaró inadmisible el amparo porque la reclamante pidió reserva de su identidad, lo que impedía darle curso al procedimiento. Antes de resolver, ordenó subsanar la omisión, pero la parte no hizo presentación alguna.

¿Cuándo declara inadmisible el Consejo para la Transparencia un amparo por acceso a la información?

En este caso, el Consejo declaró inadmisible el amparo al advertir que no era posible tramitarlo, de acuerdo con los artículos 24 de la Ley de Transparencia y 46 de su Reglamento. La decisión fue adoptada por acuerdo unánime de los miembros presentes.

¿Puede el Consejo para la Transparencia ordenar subsanar defectos de un amparo antes de declararlo inadmisible?

En este caso, el Consejo ejerció la facultad del artículo 46 del Reglamento de la Ley de Transparencia y ordenó subsanar la omisión. Como la parte interesada no efectuó presentación alguna, el amparo fue declarado inadmisible.

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