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Resolución del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un amparo por falt…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2026

Resumen

Resolución del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un amparo por falta de acceso a la información pública interpuesto contra el Servicio Nacional de Migraciones. La inadmisibilidad se funda en que el reclamante solicitó reserva de su identidad, cuestión incompatible con la acción de amparo deducida, y no subsanó dicha omisión dentro del plazo de cinco días hábiles otorgado conforme al artículo 46 del Reglamento de la Ley de Transparencia. El Consejo ejerció la facultad de requerir la subsanación, pero la parte interesada no realizó presentación alguna, por lo que procedió declarar la inadmisibilidad del amparo, de acuerdo con los artículos 24 de la Ley de Transparencia y 46 del Reglamento.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
amparoDecisión de inadmisibilidadOtros

Preguntas frecuentes

¿Puede el Consejo para la Transparencia declarar inadmisible un amparo de acceso a la información si el reclamante pidió reserva de su identidad?

En este caso, el Consejo declaró inadmisible el amparo porque el reclamante solicitó reserva de su identidad, lo que resultaba incompatible con la acción de amparo deducida. No la subsanó dentro del plazo de cinco días hábiles que se le otorgó.

¿Qué pasa si no se subsana una omisión en un amparo ante el Consejo para la Transparencia dentro del plazo otorgado?

En este caso, el Consejo ejerció su facultad de requerir la subsanación, pero la parte no hizo ninguna presentación. Por ello, declaró inadmisible el amparo conforme a los artículos 24 de la Ley de Transparencia y 46 de su Reglamento.

¿Qué plazo tiene el reclamante para corregir un amparo por acceso a la información pública que presenta defectos?

Según esta resolución, el reclamante dispone de cinco días hábiles para subsanar la omisión, plazo otorgado conforme al artículo 46 del Reglamento de la Ley de Transparencia. En este caso, la parte no realizó presentación alguna dentro de ese plazo.

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