El Tribunal Constitucional, conociendo de un requerimiento de inaplicabilidad por incon…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2020
Resumen
El Tribunal Constitucional, conociendo de un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, acogió parcialmente la acción. La controversia se centraba en la aplicación del artículo 17 B inciso segundo de la Ley N° 17.798 sobre control de armas, en una gestión judicial pendiente. El Tribunal estableció como ratio decidendi que el principio de legalidad y culpabilidad rigen la acción del juez penal, asegurando que toda pena esté precedida de un juicio de imputación y sea proporcional. Reafirmó la irretroactividad de la ley penal desfavorable y la retroactividad de la más favorable (artículo 19 N° 3 de la Constitución y artículo 18 del Código Penal), correspondiendo al juez del fondo determinar la mayor o menor favorabilidad de la ley penal aplicable (principio de lex mitior). Como obiter dicta, señaló que las penas sustitutivas son sanciones, no beneficios, y que el legislador debe respetar los principios de proporcionalidad y racionalidad al establecer penas, evitando exclusiones arbitrarias. Finalmente, concluyó que la aplicación de la norma impugnada no resultaba contraria a la Carta Fundamental, desestimando la alegación de que el artículo 103 de la Constitución otorgara al legislador un mayor espacio de discrecionalidad en esta materia.
Normas citadas
artículo 17B, de LEY 17.798 - ESTABLECE EL CONTROL DE ARMAS.
artículo 65, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 66, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 67, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 68, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 69, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 8, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Ley N° 17.798
artículo 9, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Ley N° 17.798
Tribunal ConstitucionalINApenas sustitutivasley de control de armasPrincipio de proporcionalidad de la PenaIgualdad ante la LeyDeterminación de la penaReinserción social
Preguntas frecuentes
¿Puede el juez penal aplicar retroactivamente una ley penal que empeora la situación del imputado?
No. En este caso, el Tribunal Constitucional reafirmó la irretroactividad de la ley penal desfavorable y la retroactividad de la más favorable, correspondiendo al juez del fondo determinar cuál ley le resulta más favorable al imputado.
¿Las penas sustitutivas son un beneficio que el juez puede otorgar discrecionalmente?
En este caso, el Tribunal Constitucional señaló, como argumento adicional, que las penas sustitutivas son sanciones y no beneficios, y que el legislador debe respetar los principios de proporcionalidad y racionalidad al establecer penas, evitando exclusiones arbitrarias.
¿Es constitucional la aplicación del artículo 17 B inciso segundo de la Ley 17.798 sobre control de armas?
En este caso, el Tribunal Constitucional acogió parcialmente el requerimiento, pero concluyó que la aplicación del precepto no resultaba contraria a la Constitución, desestimando que el artículo 103 le diera al legislador mayor discrecionalidad en esta materia.
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