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El tribunal tributario y aduanero de la región de la araucanía, acogiendo el reclamo pr…

Resumen del criterio jurisprudencial

El tribunal tributario y aduanero de la región de la araucanía, acogiendo el reclamo presentado por la contribuyente daniela gallardo lizama, dejó sin efecto la notificación de infracción n°1123391, de 7 de diciembre de 2011, practicada por el servicio de impuestos internos ix dirección regional, por la presunta emisión de boletas de venta en cuyos originales se consignaba un valor inferior al monto real de la operación. para estos efectos, el tribunal tuvo en consideración la circunstancia que el ente fiscalizador no acompañó la documentación fundante de la actuación reclamada, la cual se estimó como fundamental para acreditar la infracción denunciada, considerando que en el ámbito sancionador de la administración también tienen plena aplicación las garantías constitucionales del derecho penal, entre las que se cuenta la presunción de inocencia, lo cual hace recaer en el servicio de impuestos internos la obligación de probar la ocurrencia de los hechos que motivan la infracción cursada a la reclamante.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.