El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo por acceso a información…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025
Resumen
El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo por acceso a información pública presentado contra una Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, al constatar que la solicitud de acceso se realizó mediante una plataforma no habilitada como canal formal para requerimientos de transparencia. El Consejo concluyó que, al no haberse ejercido el derecho de acceso en los términos exigidos por la Ley de Transparencia, no podía tener lugar el amparo de tal derecho. No obstante, señaló que la parte recurrente puede formular en el futuro una nueva solicitud de acceso a la información pública a través de los canales correspondientes. La decisión fue adoptada por unanimidad y contra ella procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones del domicilio de la parte reclamante.
Normas citadas
Ley de Transparencia
Reglamento de la Ley de Transparencia
amparoDecisión de inadmisibilidadOtros
Preguntas frecuentes
¿Procede un amparo por acceso a la información pública si la solicitud se presentó por una plataforma que no es canal formal de transparencia?
En este caso, el Consejo para la Transparencia declaró inadmisible el amparo porque la solicitud no se ejerció en los términos exigidos por la Ley de Transparencia, al haberse hecho por una plataforma no habilitada como canal formal. Sin embargo, indicó que la persona puede presentar una nueva solicitud por los canales correspondientes.
¿Puede una persona volver a pedir información a un órgano de la Administración del Estado tras un amparo declarado inadmisible?
En este caso, el Consejo para la Transparencia señaló que la parte recurrente puede formular en el futuro una nueva solicitud de acceso a la información pública a través de los canales correspondientes. La inadmisibilidad no impidió rehacer el requerimiento.
¿Qué recurso procede contra una decisión del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un amparo?
En este caso, la decisión fue adoptada por unanimidad y contra ella procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones del domicilio de la parte reclamante. Así lo indica el resumen público de la resolución.
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