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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la resolución del Hospital Ba…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2011

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la resolución del Hospital Barros Luco Trudeau, que aprobaba el contrato para los servicios de aseo del C.A.B.L.. El organismo constató que se emitieron órdenes de compra antes de la suscripción del contrato, contraviniendo el reglamento de la Ley N° 19.886, que exige que la orden se emita una vez vigente el contrato, y también el principio de estricta sujeción a las bases. Asimismo, advirtió que el acto administrativo se dictó con un retraso considerable respecto de la firma del contrato, lo que infringe los principios de eficiencia, eficacia y celeridad de la Ley N° 18.575 y la Ley N° 19.880. Por ello, instruyó al hospital a adoptar medidas para que sus actos se dicten y envíen oportunamente a toma de razón. Finalmente, señaló un error formal por la mención de un firmante que no era parte del convenio, y representó el acto administrativo.

Normas citadas

  • ley 19886 art/10 inc/3
  • dto 250/2004 hacie art/65 inc/fin ley 18575 art/3 inc/2
  • dfl 1/19653/2000 sepre
  • ley 18575 art/8 ley 19880 art/7
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede un organismo público emitir órdenes de compra antes de que el contrato de suministro o servicio esté suscrito?

No. En este caso, la Contraloría constató que se emitieron órdenes de compra antes de la firma del contrato, lo que contraviene el reglamento de la Ley N° 19.886, que exige emitirlas una vez vigente el contrato, y el principio de estricta sujeción a las bases.

¿Qué plazo o eficiencia se exige a la resolución que aprueba un contrato administrativo de servicios?

En este caso, la Contraloría advirtió que el acto aprobatorio se dictó con un retraso considerable respecto de la firma del contrato, infringiendo los principios de eficiencia, eficacia y celeridad de la Ley N° 18.575 y la Ley N° 19.880.

¿Qué debe hacer un servicio público para que sus actos administrativos sean remitidos oportunamente a toma de razón?

En este caso, la Contraloría instruyó al hospital a adoptar medidas para que sus actos se dicten y envíen oportunamente a toma de razón, y además representó un acto por un error formal al mencionar a un firmante que no era parte del convenio.

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