Resumen
La Contraloría General de la República tomó razón de la resolución N° 723, de 2010, del Fondo Nacional de Salud, que aprueba el contrato de prestación de servicios de salud "D.C.H.I." suscrito con la Clínica Universitaria de Concepción S.A. La toma de razón se otorgó con alcances: la vigencia del contrato debe contarse desde la total tramitación de la resolución y no desde la fecha de adjudicación indicada en el contrato, sin perjuicio del inicio de las prestaciones por razones de buen servicio. Además, el organismo advirtió un evidente retraso en dictar el acto, pues los servicios comenzaron a prestarse antes de su total tramitación, con contrato suscrito el 10 de junio de 2010, y el acto hizo uso de la autorización para cumplir antes de la toma de razón que rigió hasta el 30 de junio de 2010. Esa demora fue calificada como infracción a los artículos 8° de la ley N° 18.575 y 7° de la ley N° 19.880, que exigen actuar por propia iniciativa y con celeridad.