Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones que había acogido el recurso de protección interpuesto por José Daniel Águila Camacho contra la Tesorería General de la República. El recurso se refería a la emisión, notificación y ejecución de resoluciones de cobro por deudas derivadas del financiamiento de estudios superiores bajo la Ley N°20.027. La Corte sostuvo que la acción de protección es de naturaleza cautelar y no constituye una instancia para declarar derechos que requieran debate o discusión propios de un procedimiento de lato conocimiento. En el caso, la discusión buscaba definir la naturaleza jurídica del crédito y determinar el tribunal competente y el procedimiento aplicable, cuestiones que exceden el ámbito de esta acción constitucional. Por lo tanto, se rechazó el recurso de protección.